Facturar sin ser autónomo. ¿Es posible?
Podrás facturar sin ser autónomo siempre y cuando:
- No realices una actividad de forma habitual personal y directa, es decir, que tengas ingresos todos los meses por tus servicios.
- Y si no tienes ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional. SMI 2022 está en 1.000€.
Tienes dos opciones:
Primera opción: Comunicar el alta sólo en hacienda mediante el modelo 036 o 037 según sea tu caso y en el epígrafe correspondiente a tu actividad, emitir la factura y darte de baja simultáneamente. De esta manera te ahorraras la cuota de la Seguridad Social. Además deberas- cumplir con las obligaciones tributarias, impuesto trimestrales correspondientes y modelos anuales.
El problema en esta primera opción es que la Seguridad social puede reclamarte las cuotas dejadas de ingresas más el respectivo recargo.
Segunda opción: Darte de alta en Seguridad social y alta en hacienda mediante el modelo 036 o 037 según sea tu caso y en el epígrafe correspondiente a tu actividad, emitir factura y darte de baja tanto en hacienda como en la Seguridad social, pagar la parte proporcional de los días exclusivamente que se ha estado de alta como autónomo y presentar los trimestrales/anuales en hacienda, cumpliendo las obligaciones tributarias respectivamente.
Conclusión:
- Informate antes de cualquier decisión, ten claras las consecuencias que te pueden acarrear, y no te fíes de lo que hacen los demás, aunque se haga de cierta forma no siempre quiere decir que sea lo correcto.
- Independiente de la opción que elijas, debes cumplir con las obligaciones tributarias, te ahorres o no la cuota de autónomo de la Seguridad Social.
- Ten en cuenta que si tu actividad es profesional, tienes que aplicar retención en tu factura sea el 7% tipo reducido para nuevos autónomos o el 15% al tipo general.
Si tienes dudas contacta con un profesional y evita pagar de más.