Facturar sin ser autónomo. ¿Es posible?

Facturar sin ser autónomo. ¿Es posible?

Podrás facturar sin ser autónomo siempre y cuando:

  1. No realices una actividad de forma habitual personal y directa, es decir, que tengas ingresos todos los meses por tus servicios.
  2. Y si no tienes ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional. SMI 2022 está en 1.000€.

Tienes dos opciones:

Primera opción: Comunicar el alta sólo en hacienda mediante el modelo 036 o 037 según sea tu caso y en el epígrafe correspondiente a tu actividad, emitir la factura y darte de baja simultáneamente. De esta manera te ahorraras la cuota de la Seguridad Social.  Además deberas- cumplir con las obligaciones tributarias, impuesto trimestrales correspondientes y modelos anuales.

El problema en esta primera opción es que la Seguridad social puede reclamarte las cuotas dejadas de ingresas más el respectivo recargo.

Segunda opción: Darte de alta en Seguridad social y alta en hacienda mediante el modelo 036 o 037 según sea tu caso y en el epígrafe correspondiente a tu actividad, emitir factura y darte de baja tanto en hacienda como en la Seguridad social, pagar la parte proporcional de los días exclusivamente que se ha estado de alta como autónomo y presentar los trimestrales/anuales en hacienda, cumpliendo las obligaciones tributarias respectivamente.

Conclusión:

  1. Informate antes de cualquier decisión, ten claras las consecuencias que te pueden acarrear, y no te fíes de lo que hacen los demás, aunque se haga de cierta forma no siempre quiere decir que sea lo correcto.
  2. Independiente de la opción que elijas, debes cumplir con las obligaciones tributarias, te ahorres o no la cuota de autónomo de la Seguridad Social.
  3. Ten en cuenta que si tu actividad es profesional, tienes que aplicar retención en tu factura sea el 7% tipo reducido para nuevos autónomos o el 15% al tipo general.

Si tienes dudas contacta con un profesional y evita pagar de más.

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